VISTOS: El recurso de casación de fs
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 92 a 95, presentado por Pither Andrés Yampasi Mamani, impugnando el Auto de Vista Nº S- 325/2020 de 14 de agosto, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, cursante de fs. 88 a 90 vta., en el proceso ordinario sobre resolución de contrato, seguido por Samuel Miqueas Mollo Mollo y Relinda Morales Chambi contra el recurrente; la contestación de fs. 97 a 98; el Auto de concesión de 06 de noviembre de 2020 cursante a fs. 98 vta.; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Samuel Miqueas Mollo Mollo y Relinda Morales Chambi por memorial cursante de fs. 12 a 14, demandaron a Pither Andrés Yampasi Mamani por resolución de contrato, quien una vez citado, se apersonó y contestó negativamente mediante memorial cursante de fs. 38 a 39; tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 458/2019 de 27 de junio, cursante de fs. 67 a 69 vta., donde el Juez de Partido Civil y Comercial 5º de la ciudad de El Alto-La Paz, declaró PROBADA la demanda, disponiendo consecuentemente la extinción del contrato cursante a fs. 5 y vta., conjuntamente la restitución del monto de $us. 15.000 (QUINCE MIL DÓLARES AMERICANOS 00/100) a los demandantes Samuel Miqueas Mollo Mollo y Relinda Morales Chambi, más pago de daños y perjuicios cuantificados en ejecución de sentencia
VISTOS: El recurso de casación de fs. 92 a 95, presentado por Pither Andrés Yampasi Mamani, impugnando el Auto de Vista Nº S- 325/2020 de 14 de agosto, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, cursante de fs. 88 a 90 vta., en el proceso ordinario sobre resolución de contrato, seguido por Samuel Miqueas Mollo Mollo y Relinda Morales Chambi contra el recurrente; la contestación de fs. 97 a 98; el Auto de concesión de 06 de noviembre de 2020 cursante a fs. 98 vta.; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Samuel Miqueas Mollo Mollo y Relinda Morales Chambi por memorial cursante de fs. 12 a 14, demandaron a Pither Andrés Yampasi Mamani por resolución de contrato, quien una vez citado, se apersonó y contestó negativamente mediante memorial cursante de fs. 38 a 39; tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 458/2019 de 27 de junio, cursante de fs. 67 a 69 vta., donde el Juez de Partido Civil y Comercial 5º de la ciudad de El Alto-La Paz, declaró PROBADA la demanda, disponiendo consecuentemente la extinción del contrato cursante a fs. 5 y vta., conjuntamente la restitución del monto de $us. 15.000 (QUINCE MIL DÓLARES AMERICANOS 00/100) a los demandantes Samuel Miqueas Mollo Mollo y Relinda Morales Chambi, más pago de daños y perjuicios cuantificados en ejecución de sentencia
- Proceso: Resolución de contrato
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 2
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación, interpuesto por Pither Andrés Yampasi Mamani, se extractan algunos de los
- Concluyó solicitando anular el Auto de Vista Nº S-325/2020 de 14 de agosto
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
