De la revisión del recurso de casación interpuesto por la demandante, se desprende como reclamos
La actora está legitimada para recurrir en casación por haber apelado contra la sentencia que fue confirmada por Auto de Vista, permitiendo activar el presente recurso conforme el art. 272.I del Código Procesal Civil.
4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación interpuesto por la demandante, se desprende como reclamos los siguientes:
Argumentó violación del art. 218 en relación con el art. 213.II del Código Procesal Civil, porque en la apelación no distinguió que la demanda es compuesta y no simple, que tiene una suma de acciones y una pretensión en consecuencia, falta de discriminación en la motivación que desvió la atención a los terceros interesados lo que le causó perjuicio
4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación interpuesto por la demandante, se desprende como reclamos los siguientes:
Argumentó violación del art. 218 en relación con el art. 213.II del Código Procesal Civil, porque en la apelación no distinguió que la demanda es compuesta y no simple, que tiene una suma de acciones y una pretensión en consecuencia, falta de discriminación en la motivación que desvió la atención a los terceros interesados lo que le causó perjuicio
- Auto Supremo: 117/2020-RA
- 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación interpuesto por la demandante, se desprende como reclamos
- Señaló que el Auto de Vista, al omitir el análisis de las piezas del expediente
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
