Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs
2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs. 270, se observa que la demandante ahora recurrente, fue notificada el 04 de diciembre de 2019, y como su recurso de casación fue presentado el 03 de enero de 2020, tal cual se observa en el timbre electrónico cursante a fs. 272, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles ( para el computo del plazo procesal se consideró la vacación judicial del 03 al 27 de diciembre de 2019)
Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs. 270, se observa que la demandante ahora recurrente, fue notificada el 04 de diciembre de 2019, y como su recurso de casación fue presentado el 03 de enero de 2020, tal cual se observa en el timbre electrónico cursante a fs. 272, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles ( para el computo del plazo procesal se consideró la vacación judicial del 03 al 27 de diciembre de 2019)
- Auto Supremo: 162/2020-RA
- Partes: Roxana Rodríguez Patiño c/ Pedro Caba Tarija y Petrona Pérez de Caba
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 86/2019 de 29 de agosto, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la
- 4. Del contenido de los recursos de casación
- De la revisión del recurso de casación, interpuesto por Roxana Rodríguez Patiño se observa que
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
