En los argumentos versados por el recurrente, se sostiene para fundar el recurso, la invocación
En los argumentos versados por el recurrente, se sostiene para fundar el recurso, la invocación de los Autos Supremos 085/2013 de 26 de marzo y 363 de 5 de abril de 2007, los cuáles de su revisión, contienen similitud con la problemática procesal alegada por la parte, referida a la incongruencia del fallo y la errónea aplicación del art. 413 del CPP, advirtiéndose el cumplimiento de los requisitos establecidos en los arts. 416 y 417 del CPP, al haberse señalado la contradicción y la analogía entre la problemática planteada con lo resuelto en el Auto de Vista, haciendo factible que este Tribunal de casación ingrese a resolver la cuestión de fondo para el ejercicio de la labor de contraste, disponiéndose la admisibilidad del recurso en tal sentido
- Por memorial presentado el 29 de enero de 2020 (Buzón Judicial), cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el acusador particular Ronald Gamón Gutiérrez, interpuso recurso de apelación restringida
- Notificada la parte recurrente con el referido Auto de Vista el 21 de enero de
- II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- El recurrente denuncia la violación al debido proceso en su elemento a la congruencia de
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- El recurrente, alega la violación al debido proceso en su elemento a la congruencia de
- En los argumentos versados por el recurrente, se sostiene para fundar el recurso, la invocación
- Asimismo, se deja constancia con relación al Auto Supremo 726 de 26 de septiembre de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
