El referido auto de vista, motivó a Juan Durán Vidaurre, a interponer el recurso de
I.2 Motivos del recurso de casación
El referido auto de vista, motivó a Juan Durán Vidaurre, a interponer el recurso de casación en el fondo, de fs. 371 a 372 vta., manifestando, en síntesis:
Que el tribunal de alzada, en el auto de vista recurrido expresa que la indemnización por enfermedad profesional, concepto sobre el que la juez a quo en sentencia no determina su pago, al no ser un derecho adquirido, cuando está claramente demostrado su enfermedad profesional, resultante de su trabajo durante 13 años, 10 meses y 21 días, aspectos que se desprenden de las documentales de fs. 3 a 14, 336 a 340, 342, 345 a 355, corroborados por las testificales de fs. 305, 306 de obrados, motivo por el cual, los juzgadores de instancia, violaron, conculcaron y transgredieron los arts. 46 y 48.g) del CPT y 46 y 48 de la CPE y el DS N° 28699 de 1 de mayo de 2006, señalando también que corresponde el pago de la multa del 30%, también en caso de retiro voluntario
El referido auto de vista, motivó a Juan Durán Vidaurre, a interponer el recurso de casación en el fondo, de fs. 371 a 372 vta., manifestando, en síntesis:
Que el tribunal de alzada, en el auto de vista recurrido expresa que la indemnización por enfermedad profesional, concepto sobre el que la juez a quo en sentencia no determina su pago, al no ser un derecho adquirido, cuando está claramente demostrado su enfermedad profesional, resultante de su trabajo durante 13 años, 10 meses y 21 días, aspectos que se desprenden de las documentales de fs. 3 a 14, 336 a 340, 342, 345 a 355, corroborados por las testificales de fs. 305, 306 de obrados, motivo por el cual, los juzgadores de instancia, violaron, conculcaron y transgredieron los arts. 46 y 48.g) del CPT y 46 y 48 de la CPE y el DS N° 28699 de 1 de mayo de 2006, señalando también que corresponde el pago de la multa del 30%, también en caso de retiro voluntario
- Expediente: SC-CA.SAII- TJA.- 305/2019
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- Que, tramitado el proceso de referencia, la Juez Primero de partido de Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación deducida por la institución demandada, adjunta de fs
- El referido auto de vista, motivó a Juan Durán Vidaurre, a interponer el recurso de
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En este contexto, revisado los actuados procesales, se advierte, que la parte recurrente
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
