3. De la legitimación procesal
Conforme antecedentes, el Auto de Vista Nº 158/2019 de 11 de diciembre, cursante de fs. 1201 a 1215, fue notificado a los recurrentes el 17 de diciembre de 2019, conforme diligencia a fs. 1216, habiendo presentado el recurso de casación el 02 de enero de 2020, conforme timbre electrónico a fs. 1217, por lo que se verifica la interposición del recurso dentro el plazo de diez días hábiles determinado en el art. 273 del Código Procesal Civil.
3. De la legitimación procesal
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- Acusaron interpretación y errónea aplicación del art
- Señalaron que no fueron perturbados en su posesión por coheredero alguno y que no se
- De esta manera, solicitan la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
