Acusaron interpretación y errónea aplicación del art
Los recurrentes están legitimados para recurrir en casación, considerando que el Auto de Vista Nº 158/2019 de 11 de diciembre, es una determinación confirmatoria de sentencia, lo que otorga legitimación procesal para recurrir a los apelantes conforme el art. 272.II del Código Procesal Civil.
4. Del contenido del recurso de casación.
Acusaron interpretación y errónea aplicación del art. 252 inc 1) del Código de Procedimiento Civil, porque el inmueble no fue registrado a nombre de los herederos de Indalecio Canaviri y si bien fue registrado el contrato de anticresis el año 1995, no consta en el registro que se hubiera resguardado los intereses de los herederos ya que estos no hicieron valer su derecho, además que se presentó otro testimonio de partida y no se confirmó el antecedente presentado por ellos
4. Del contenido del recurso de casación.
Acusaron interpretación y errónea aplicación del art. 252 inc 1) del Código de Procedimiento Civil, porque el inmueble no fue registrado a nombre de los herederos de Indalecio Canaviri y si bien fue registrado el contrato de anticresis el año 1995, no consta en el registro que se hubiera resguardado los intereses de los herederos ya que estos no hicieron valer su derecho, además que se presentó otro testimonio de partida y no se confirmó el antecedente presentado por ellos
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- Acusaron interpretación y errónea aplicación del art
- Señalaron que no fueron perturbados en su posesión por coheredero alguno y que no se
- De esta manera, solicitan la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
