Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs
Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs. 816, se observa que el recurrente fue notificado el 13 de enero de 2020, y como el recurso de casación fue presentado el 24 de enero del mismo año, tal cual se observa del cargo de recepción suscrito por el secretario de sala cursante a fs. 723, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-540/2019 de 22 de noviembre, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Que los argumentos señalados en el auto de vista que sirvieron como fundamento para confirmar
- Por lo que solicita la emisión de un Auto Supremo que case el auto de
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
