Auto Supremo AS/0187/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0187/2020-RA

Fecha: 06-Mar-2020

CONSIDERANDO II

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por ambas partes, además de activar la apelación diferida contra las excepciones por la parte demandada, lo que permitió a la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz a emitir el Auto de Vista Nº S-399/2019 de 14 de agosto, cursante de fs. 377 a 380, que REVOCÓ PARCIALMENTE la Resolución N° 173/2017 de fs. 234 y vta., y en su mérito declaró PROBADA la excepción de prescripción e IMPROBADA las excepciones de caducidad y cosa juzgada, dispensando el examen de los actuados posteriores.
3. Notificada Braulia Máxima Villagra Morales, con el Auto de Vista, interpuso recurso de casación de fs. 383 a 386, que es objeto de análisis.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
En el marco de lo preceptuado por el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también su legalidad; empero, no se debe dejar de lado el hecho de que este principio, en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que, al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, deben ser analizados ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico haciendo una interpretación integral de los arts. 271 al 274 del Código Procesal Civil, concluyéndose que los requisitos a ser analizados son que la resolución admita recurso de casación, el plazo de interposición del recurso, la legitimación procesal para impugnar y el contenido o expresión de reclamos en el recurso de casación.
1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad