3. De la legitimación procesal
De acuerdo a la diligencia cursante a fs. 3143 se notificó al demandante con el Auto complementario de 29 de enero de 2020 el 30 de enero y según el timbre electrónico a fs. 3162, el recurso de casación fue presentado el 12 de febrero del año en curso, en el plazo establecido por el art. 273 del Código Procesal Civil; es decir, dentro los diez días hábiles.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Expediente: CH-10-20-S
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- En la forma
- En el fondo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
