Auto Supremo AS/0192/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2020-RA

Fecha: 16-Mar-2020

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,


Que el declarar probada la demanda y al haber sido confirmada esa determinación sin que se haya presentado un acto jurídico escrito, se vulnero la tutela judicial efectiva, consagrada en el art. 115 de la Constitución Política del Estado con afectación al derecho propietario del recurrente, dado que únicamente se consideró la afirmación del demandante sobre la existencia del anticipo de legitima, sin considerar que una simple alegación no constituye de por si una prueba, cuando la presentación del acto jurídico de disposición patrimonial no se ha exigido por la autoridad jurisdiccional.
De esta manera, solicita la emisión de un auto supremo que anule o case el auto de vista.
En consecuencia se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42. I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISION del recurso de casación cursante de fs. 475 a 481, interpuesto por Martha Beatriz Illanes Virgo de Parra contra el Auto de Vista N° 194/2019 de 31 de diciembre, cursante de fs. 469 a 472 de obrados, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí