La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
De esta manera, solicita la emisión de un auto supremo que anule el auto de vista.
En consecuencia se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISION del recurso de casación cursante de fs. 111 a 121, interpuesto por Rosa Quispe Quispe contra el Auto de Vista N° 496/2019 de 25 de noviembre, cursante de fs. 103 a 104 vta. de obrados, pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
En consecuencia se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISION del recurso de casación cursante de fs. 111 a 121, interpuesto por Rosa Quispe Quispe contra el Auto de Vista N° 496/2019 de 25 de noviembre, cursante de fs. 103 a 104 vta. de obrados, pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Condori Cayllante
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 496/2019 de 25 de noviembre, cursante de fs
- Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación
- De la Legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Rosa Quispe Quispe, en lo
- Que la nulidad hasta la admisión de la demanda se encuentra al margen de lo
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
