Auto Supremo AS/0252/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0252/2020

Fecha: 27-Jul-2020

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3.- Respecto, que el GAM de Cobija, afirma que se encuentra al día con los pagos de sus contratados y que no puede aceptar el pago de aguinaldos, porque violarían la Ley de Administración Presupuestaria Nº 2042, se establece que, si la entidad demandada, considera que se realizó el pago efectivo de los aguinaldos al actor, debió demostrar ese extremo en el transcurso del proceso, desvirtuando la pretensión de la actor, conforme era su obligación, según lo previsto en los arts. 3 inc. h), 66 y 150 del CPT, referidos al “principio de la inversión de la prueba”, que determinan que, en materia social la carga de la prueba corresponde al empleador, como se consideró precedentemente