b) Argumentó vulneración al principio de verdad material, por no considerar su condición de analfabeta,
b) Argumentó vulneración al principio de verdad material, por no considerar su condición de analfabeta, su calidad de propietaria acreditada, el pago realizado por la compra del inmueble, las construcciones realizadas; de igual manera no se consideró los hechos y circunstancias que rodean a la parte contraría, al pasar por alto que los aparentes propietarios habrían adquirido el inmueble el año 2008, resultan siendo la hermana y cuñada de su exconcubino Quintín Coronel López, con el que adquirió en primera instancia el inmueble y que luego vendió la parte que le correspondía mediante documentos de venta elevados a instrumento púbico; que la ilegitima vendedora logra titularidad recién el año 2016 mediante proceso de usucapión sin contar con posesión, que su persona ostenta desde el año 2006
- Auto Supremo: 306/2020-RA
- 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación planteado se extractan como agravios los siguientes
- b) Argumentó vulneración al principio de verdad material, por no considerar su condición de analfabeta,
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
