Auto Supremo AS/0376/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0376/2020

Fecha: 03-Ago-2020

Expuestos así los fundamentos del recurso de casación y analizado el mismo, se tienen las

Admisión
Por Auto N° 54/2020 de 13 de febrero de 2020 de (fs. 71 vta.) concedió el recurso y mediante Auto Supremo de 9 de marzo de 2020 (fs. 80), se declaró admisible el recurso de casación, por lo que se pasa a resolver:
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Expuestos así los fundamentos del recurso de casación y analizado el mismo, se tienen las siguientes consideraciones:
1.- En cuanto a la acusada violación del art. 108 de la CPE, que en sus numerales 1 y 2, señalan: “Son deberes de las bolivianas y los bolivianos: 1. Conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes. 2. Conocer, respetar y promover los derechos reconocidos en la Constitución”, se advierte que la entidad recurrente, no establece en forma específica qué precepto hubiesen sido incumplido, desconocido o inaplicado por Tribunal de alzada, en la emisión del Auto de Vista, no indica la interpretación errónea o aplicación indebida de la normativa actual, no detalla qué preceptos legales fueron violados y en qué consistió esta violación o si contiene disposiciones contradictorias, limitándose a señalar de manera general que, es un deber del Tribunal de apelación cumplir con esta disposición constitucional, sin señalar cuál el fundamento o análisis efectuado en el Auto de Vista recurrido, vulneraría el art. 108 de la CPE