Corresponde también aclarar que, lo expuesto no resulta una regla absoluta, en el entendido que
Corresponde también aclarar que, lo expuesto no resulta una regla absoluta, en el entendido que el legislador ha establecido prohibiciones expresas, para la inviabilidad o improcedencia del recurso de casación dentro de procesos ordinarios; tal el caso previsto en el art. 113-II de la Ley N° 439, limitación de impugnación que también es extensiva al caso determinado en el art. 113-I de la misma norma; es decir, cuando la demanda es declarada por no presentada (por no haberse subsanado en el plazo fijado por la autoridad jurisdiccional); debido a que este tipo de resoluciones también está catalogada como una de carácter desestimatoria de la demanda
- I.- ANTECEDENTES PROCESALES
- Al respecto, la entidad Aduanera demandante, interpuso recurso de casación, que fue concedido ante este
- II.- CONSIDERACIONES LEGALES
- Al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil (CPC-2013), que estableció en su
- Bajo ese marco, es necesario identificar los límites del principio de impugnación y de las
- Este Tribunal a través de diferentes Autos Supremos, entre ellos el Nº 751/2017 de 18
- Al respecto, el art
- A los efectos de tener un entendimiento certero, la Sentencia Constitucional (SC) 0092/2010-R de
- Corresponde también aclarar que, lo expuesto no resulta una regla absoluta, en el entendido que
- Respecto del trámite del recurso de casación en este Tribunal Supremo, el art
- Resolución del caso concreto
- En ese entendido, realizando el cotejo de la doctrina aplicable y una interpretación del art
- En el caso presente, el Juez del Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas en todo el proceso, en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
