Al respecto, invocó en relación a la errónea aplicación de la Ley sustantiva los Autos
En ese contexto, se tiene que el recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado refrendó los errores de la Sentencia, no considerando que la misma incurrió en: i) Errónea aplicación de la Ley sustantiva; y, ii) Defectuosa Valoración de la prueba.
Al respecto, invocó en relación a la errónea aplicación de la Ley sustantiva los Autos Supremos 329 de 29 de agosto de 2006 y 236/2007 de 7 de marzo; y, en relación a la defectuosa valoración de la prueba invocó los Autos Supremos 152/2013-RRC de 31 de mayo, 214/2007 de 28 de marzo y 073/2013-RRC de 19 de marzo; sin embargo, se limitó a citarlos efectuando la transcripción de ciertas partes de los mismos, no observándose el trabajo de contraste; es decir, la explicación de contradicción en los términos exigidos por el segundo párrafo del art. 417 del CPP, pues para el efectivo cumplimiento de la carga procesal impuesta recurrente, no basta con citar y transcribir partes de los Autos Supremos (como se advierte en el presente caso), sino que correspondía al recurrente, explicar por qué considera que el Auto de Vista impugnado contradijo los entendimientos de los precedentes invocados, para que con esos insumos este Tribunal pueda ingresar a verificar si existe o no contradicción, aspecto que no ocurrió en el presente motivo
- Por memorial de casación presentado el 28 de julio de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado Alfredo Daniel Saavedra Coca, formuló recurso de apelación restringida
- Por diligencia de 21 de julio de 2020 (fs
- Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Al respecto, invocó en relación a la errónea aplicación de la Ley sustantiva los Autos
- El recurrente también invocó, la Sentencia Constitucional 470/2004-R de 31 de marzo; no obstante, en
- Por los argumentos expuestos, se tiene que el presente recurso, no cumplió con el segundo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
