Auto Supremo AS/0545/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0545/2020-RA

Fecha: 25-Sep-2020

Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo


II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo:

El recurrente reclama que, el Tribunal de alzada refrendó los errores de la Sentencia, no considerando, que la misma incurrió en: i) Errónea aplicación de la Ley sustantiva; toda vez, que no se acreditó con prueba idónea la concurrencia de los elementos constitutivos del tipo penal de Violencia Familiar o Doméstica; además, no se demostró la “convivencia continua” que hace al elemento Violencia Familiar o Doméstica, haciendo referencia la Sentencia a una relación de hecho, aspecto inadmisible. En cuanto, a la prueba signada como MP8, no se realizó un informe científico que permita establecer el aparente daño psicológico, limitándose la Sentencia únicamente a identificar extremos ambiguos e imprecisos que vulneran los principios de legalidad, taxatividad y certeza. Invoca en calidad de precedentes contradictorios los Autos Supremos 329 de 29 de agosto de 2006 y 236/2007 de 7 de marzo; y, ii) Defectuosa Valoración de la prueba, pues su persona presentó como testigos presenciales a Julio José María Saavedra Coca, Bellita Bascope Vasquez, Ramiro José Poma Fernández y Walter Emilio Zeballos Becerra, que desvirtuaron la teoría de la acusación; sin embargo, no fueron analizadas ni valoradas, generando ausencia de análisis intelectivo y descriptivo de la prueba, basándose la Sentencia en hechos no acreditados y en una valoración defectuosa de la prueba, pues si bien hace una descripción de cada uno de los elementos de prueba, el análisis ponderativo es genérico, impidiendo a su parte conocer cuál el valor probatorio a cada prueba, si fue incriminadora o exculpadora, derivando en defecto no susceptible de convalidación, que atenta a sus derechos al debido proceso, a una resolución fundamentada, a la defensa, presunción de inocencia, principio de legalidad, taxatividad e indubio pro reo. Invoca los Autos Supremos 152/2013-RRC de 31 de mayo, 214/2007 de 28 de marzo y 073/2013-RRC de 19 de marzo, y la Sentencia Constitucional 470/2004-R de 31 de marzo