Auto Supremo AS/0547/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0547/2020-RA

Fecha: 25-Sep-2020

Al respecto el recurrente invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 368/2012 de 5 de


Con relación al segundo motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta de fundamentación respecto a sus reclamos referentes a los defectos previstos en los numerales 5) y 6) del art. 370 del CPP, acudiendo el Tribunal de alzada a argumentos evasivos, incumpliendo su obligación de pronunciarse sobre el fondo de los cuestionamientos, extremo que vulnera los arts. 124 y 398 del CPP, e infringe sus derechos a la tutela judicial efectiva y el debido proceso, constituyendo defecto absoluto no convalidable.

Al respecto el recurrente invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 368/2012 de 5 de diciembre y 111/2012 de 11 de mayo; que establecerían que por mandato del art. 124 del CPP, toda Resolución debe encontrarse debidamente fundamentada; y, que las Resoluciones para su validez y eficacia requieren cumplir determinadas formalidades dentro de las cuales se encuentra el deber de fundamentar; explicando el recurrente, que dichas exigencias legales de fundamentación no fueron cumplidas por el Auto de Vista impugnado a tiempo de resolver sus agravios de apelación, de donde se tiene, que en la argumentación de este motivo, el recurrente explicó la posible contradicción de la Resolución recurrida con relación a los precedentes invocados, en tal sentido, cumplió con los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 segundo párrafo del CPP, por lo que deviene en admisible