AS/0004-2/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0004-2/2021

Fecha: 14-Ene-2021

CONSIDERANDO III

Conforme a las normas legales citadas, la petición de detención preventiva con fines de extradición, respetando Convenios y Tratados Internacionales, debe estar revestida de formalidades que inexcusablemente deben ser cumplidas por el Estado Requirente y el cumplimiento de éstas provoca que el Estado Requerido considere procedente el pedido de detención preventiva por el tiempo de 45 días conforme al art. 20 del Tratado de Extradición, con la obligación del Estado Requirente de formalizar la extradición en el tiempo precedentemente citado.

Por lo referido, se encuentra acreditada la existencia de una resolución judicial de detención y la naturaleza de los delitos perseguidos, requisitos que aperturan la facultad de acceder al pedido de detención preventiva de la requerida ciudadana boliviana Mery Natividad Saravia Rodríguez.