a)
a) Acusó incorrecta valoración de la prueba, aduciendo que para la procedencia de la acción de reivindicación el demandante presentó un documento debidamente registrado en Derechos Reales, el cual acredita su derecho propietario; empero el mismo fue objetado porque esta adulterado en cuanto a su contenido, hecho comprobado por un segundo testimonio y las fotocopias legalizadas solicitadas por la autoridad y remitidas por la Notaria de Fe Pública de Segunda Clase Nº 1 de Uyuni.
