POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Felizardo Flores Saldía, contra el Auto de vista 23/2021 de 15 de julio, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, conforme el contenido del apartado II de esta Resolución en lo que corresponda. Por Secretaría de Sala, cúmplase lo prescrito en el segundo párrafo de aquella norma procesal.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
FDO.
Magistrado Presidente Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
Secretario de Sala M.Sc. Rommel Palacios Guereca
