Auto Supremo AS/0522/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0522/2021

Fecha: 11-Oct-2021

Contestación.

Por memorial de fs. 202 a 201, Margarita Castro Mendoza de Estrada, respondió al recurso de casación, alegando que el recurso solo trascribe y justifica la Resolución 025/20, sin criticar el Auto de Vista Nº 10/20, cuando el Tribunal de alzada verificó que los informes del área de certificaciones no fueron suficientes, resultando que el SENASIR desconoció los periodos 02/1978 a 04/1986 y 07/1987 que efectivamente trabajó en el Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua.

Indicó que, el art. 14 DS Nº 27543, en sus capítulos II y III establece el trámite para la certificación de aportes al sistema de reparto.

Asimismo, el art. 83 del MPCPA, indica que cuando no existen planillas, se complementará la verificación de aportes con los avisos de filiación y de baja del trabajador de reingreso del asegurado.

Solicitó se declare inadmisible el recurso de casación planteado, confirmando el Auto de Vista Nº 10/2020 emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda de Cochabamba.