I.1.1. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Tercero del Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió la Sentencia N° 39/2020 de 11 de diciembre, cursante de fs. 110 a 114 de obrados; determinando, como hechos probados: “Que no existió relación laboral entre las partes del proceso, por lo que no corresponde el pago de los derechos y beneficios demandados”; como hechos no probados: “Que existió relación laboral entre partes”; declarando en consecuencia, improbada la demanda social cursante de fs. 5 a 10, sin costas.
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 626/2021.
- Sucre, 26 de octubre de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII- CHUQ. 451/2021.
- Distrito: Chuquisaca.
- Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- I. 1. Antecedentes del proceso.
- I.1.1. Sentencia.
- I.1.2 Auto de Vista.
- DESAHUCIO
- SALARIO TIEMPO IMPORTE
- INDEMNIZACIÓN POR ANTIGÜEDAD
- TOTAL: Bs. 54.541,67.-
- BONO DE ANTIGÜEDAD
- S.M.N. AÑO % BONO DE ANTIGÜEDAD IMPORTE
- 11%
- 18%
- 26%
- 34%
- TOTAL: Bs. 22.644,36.-
- VACACIÓN
- SALARIO AÑO TIEMPO IMPORTE
- TOTAL: Bs. 8.283,57.-
- AGUINALDO
- del 2007 al 2014
- 2015
- AGUINALDO “ESFUERZO POR BOLIVIA”
- 2013 y 2014
- TOTAL: Bs. 39.083,34.-
- TOTAL BENEFICIOS SOCIALES BS. 135.052,94.-
- I.2. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
- I.2.1. En el fondo:
- I.2.2. En la forma:
- I.3. Petitorio:
- CONSIDERANDO II:
- II.1. Fundamentos jurídicos del fallo.
- II.1.1. Consideraciones previas.
- II.1.2. Argumentos de hecho y de derecho.
- II.12.1. En el fondo:
- II.1.2.2. En la forma:
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
