DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del medio de impugnación objeto de la presente resolución, se observa que la demandante, ahora recurrente, alega como agravios los siguientes extremos:
1. Acusó que, el Tribunal de alzada al emitir el Auto de Vista impugnado en su considerando II, violó el derecho al debido proceso al señalar que no se expone los motivos de la valoración de la prueba, cuando en el memorial de apelación presentado por los recurrentes se puntualizó que debería valorarse la prueba de cargo y de descargo; asimismo, indicó las fojas en las cuales se encuentran cada una de las pruebas que no fueron valoradas conforme el principio de la sana crítica.
2. Alegó que, el Auto de Vista aplicó indebidamente el art. 145 del Código Civil, porque no se lo relacionó con el art. 115.II de la Constitución Política del Estado, limitándose a mencionar que el Juez A quo, realizo una exposición al momento de valorar la prueba, sin exponer las razones por las que se da el valor propio a cada elemento probatorio.
Con esos fundamentos, solicitó se proceda a casar el Auto de Vista Nº SCCI 201/2021 de 10 de agosto, emitido por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 875 /2021
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II:
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDO III:
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- III.1. De la valoración de la prueba
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
- Relator:
