I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Por Sentencia 08/20 de 03 de febrero de 2020 (fs. 289 a 302), el Tribunal de Sentencia Sexto en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Iván Guaman Guevara, culpable en grado de co-autoría del delito de Violación Agravada, previsto y sancionado por el art. 308 con relación al art. 310 inc. c), del CP, con relación al art. 20 del mismo cuerpo normativo, imponiendo la pena de veinte años de presidio, y absuelto de culpa y pena del agravante previsto en el Art. 310 inciso d) del CP, toda vez que la prueba aportada por el Ministerio Público, no ha sido suficiente para generar en el Tribunal la convicción sobre la responsabilidad penal del acusado, más el pago de costas, reguladas en ejecución de Sentencia y la reparación de daños y perjuicios.
Contra la mencionada Sentencia, el acusado Iván Guaman Guevara, (fs. 307 a 310 vlta.), interpuso recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 33 de 6 de mayo de 2021, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente la apelación restringida interpuesta; por ende, confirmó la Sentencia apelada.
Por diligencia de 20 de julio de 2021 (fs. 332), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista; y, el 27 de julio del mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
