I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 29/2020 de 20 de noviembre (fs. 99 a 102 vta.), el Tribunal de Sentencia Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Gabriel Antonio Paniagua Lora, autor y culpable de la comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del CP, condenándole a la pena privativa de libertad de cinco años de reclusión, más el pago de costas a favor del Estado y del acusador particular.
Contra la mencionada Sentencia, el imputado (fs. 122 a 151 vta. y 207 a 213 vta.), formuló recurso de apelación restringida y subsanación, que fueron resueltos por Auto de Vista 268/2021 de 27 de julio, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró: 1) Improcedencia de los motivos segundo y sexto; 2) Procedencia de los motivos primero tercero, cuarto y quinto; por lo que, dispuso anular la Sentencia apelada e instruyó la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia .
Por diligencia de 9 de agosto de 2021 (fs. 228), el recurrente fue notificado con el Auto de Vista; y, el 16 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
