RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de agosto de 2021 cursante de fs. 176 a 182 vta., Héctor Murillo Pelaez a nombre de Felipa Pelaez Huaranca, promovió recurso de casación contra el Auto de Vista 267/2021 de 27 de julio, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancias de la última contra Teodoro Céspedes Méndez por el delito de Avasallamiento previsto en el art. 351 bis del Código Penal (CP).
ANTECEDENTES DEL PROCESO
En Sentencia 35/2020 de 9 de diciembre, el Tribunal de Sentencia Segundo de Sucre del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Teodoro Céspedes Méndez, absuelto de culpa y pena por la comisión del delito de Avasallamiento, considerando la procedencia de la causal descrita en el art. 363 núm. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP).
Contra la mencionada Sentencia, la parte recurrente interpuso recurso de apelación restringida, resuelta por Auto de Vista 267/2021 de 27 de julio, emitido por la Sala Penal Primera de Chuquisaca, declarando su improcedencia, consecuentemente confirma el primer Fallo.
