Auto Supremo AS/1021/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1021/2021

Fecha: 17-Nov-2021

De la respuesta al recurso de casación.

Señaló que los recurrentes al no impugnar, objetar o recurrir en su momento losactos defectuosos reclamados, los consintieron.

Manifestó que los demandantes no acreditaron la ilicitud en la causa del contratode transferencia contenido en la Escritura Pública N° 1706/2011, por lo que esirrelevante lo alegado respecto a la existencia de un contrato anterior o del precioconvenido.

Aludió que los actores no probaron que la Escritura Pública N° 1706/2011 hayasido producto de una falsedad, ya que el proceso penal sigue en curso.

Mencionó que el incidente de falsedad planteado por los recurrentes precluyó, yaque la conversión al sistema procesal civil actual fue debidamente comunicadomediante Auto de 01 de marzo de 2016 a fs. 230 vta.

Replicó que la transferencia de un mismo inmueble a dos personas distintas nogenera ninguna invalidez y al contrario se tendría que dilucidar el mejor derechopropietario de acuerdo a las previsiones legales contenidas en el art. 1545 delCódigo Civil.

Objetó que el recurso de casación carece de petitorio, no especifica si es en el fondo o en la forma, que los recurrentes no piden la nulidad de obrados ni la casaciónde la Sentencia, porque no se puede otorgar más de lo pedido.

Concluyó pidiendo que se declare improcedente o infundado del recurso decasación planteado.