II. IDENTIFICACIÓN DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
Del memorial de recurso de casación (fs. 95 a 100) y del Auto Supremo N° 431/2021-RA de 16 de agosto, se extrae el siguiente motivo a ser analizado en la presente resolución, sobre el cual este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido por los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).
La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada emitió el Auto de Vista impugnado, sin esgrimir fundamentación, valiéndose de argumentos evasivos a efecto de no brindar respuesta pertinente al cuarto motivo de su recurso de apelación restringida, optando por segmentar las cuestiones del reclamo.
II.1. Petitorio.
La recurrente solicita que se declare fundado su recurso de casación y se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, que fue pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
II.2. Admisión del Recurso.
Mediante el Auto Supremo 431/2021-RA de 16 de agosto, este Tribunal admitió el recurso de casación formulado por la acusada, para el análisis de fondo del único motivo de casación referido precedentemente.
