II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente refiriéndose al punto IV (ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO) del Auto de Vista impugnado, acusa que este no habría respondido adecuadamente a los agravios denunciados en el recurso de apelación restringida, siendo que en dicho recurso habría identificado cuatro agravios que no fueron respondidos, incurriendo el Tribunal de alzada en defecto absoluto y contradiciendo la doctrina legal aplicable del Auto Supremo 6 de 26 de enero de 2007; aclara que, “En el presente caso dentro mi memorial de apelación restringida, como ya dije he planteado y fundamentado cuatro y solamente fueron respondidos tres, es decir el agravio fundamentado en el punto dos de mi apelación referente a:” (sic), al efecto transcribe íntegramente el punto 2 del recurso de apelación y concluye manifestando que, estando demostrado el defecto absoluto en el que habría incurrido el Auto de Vista impugnado vulnerando el art. 169 núm. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP), pide se deje sin efecto la referida resolución y se emita otra respondiendo a todos los puntos de agravio fundamentados en el recurso de apelación.
