POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184-1 de la CPE y 42-I-1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 138 a 139, interpuesto por el Club Bolívar, contra el Auto de Vista Nº 209/2020 de 27 de agosto de fs. 134 a 135, emitido por la Sala Social Administrativa Contencioso y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Con costas y costos, que se califican en la suma de Bs. 2000 (Dos Mil Bolivianos), que mandará a pagar el juez de primera instancia.
Se recomienda al tribunal de alzada y al juzgado de origen, dar mayor celeridad al despacho de las causas, al advertirse que existe una demora mayor a 10 años en la resolución del proceso.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 676
- Sucre, 1 diciembre de 2021
- Expediente
- Demandante
- Demandado
- Proceso
- Departamento
- Magistrado Relator
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES PROCESALES.
- Sentencia.
- PROBADA EN PARTE
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ TOTALMENTE
- II.- RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Argumentos del recurso de casación en el fondo:
- Petitorio:
- Contestación al recurso:
- Admisión:
- III.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- .
- Características esenciales de la relación laboral.
- a) Relación de subordinación y dependencia.
- b) Prestación de trabajo por cuenta ajena.
- c) Percepción de remuneración o salario.
- Resolución del caso concreto:
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
