Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0785/2021
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0785/2021

    Fecha: 01-Dic-2021

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
    • SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
    • Auto Supremo Nº 785
    • Sucre, 01 de diciembre de 2021
    • Expediente
    • Demandante
    • Demandado
    • Proceso
    • Departamento
    • Magistrado Relator
    • VISTOS:
    • I. ANTECEDENTES PROCESALES:
    • Sentencia:
    • PROBADA
    • Auto de Vista:
    • CONFIRMÓ
    • II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
    • 1.
    • 2.
    • Petitorio:
    • Contestación:
    • Concesión y Admisión:
    • III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
    • Doctrina aplicable al caso:
    • El art. 48 de la CPE, establece imperativamente que las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio y que deben aplicarse bajo los principios de protección de los trabajadores, el principio de primacía de la relación laboral, de continuidad y estabilidad laboral, de no discriminación, inversión de la prueba a favor del trabajador; por su lado, los arts. 3 del CPT y 4 del DS N° 28699, en relación a los procedimientos y trámites laborales, establecen los principios de gratuidad, inmediación, publicidad, preclusión, lealtad procesal, proteccionismo; siendo la finalidad de todos ellos, buscar la protección y la tutela de los derechos de los trabajadores, de modo que se logre su real materialización. Principios por los que debe aceptarse que, el Estado, a través de las autoridades que imparten justicia, no se basa necesariamente en la paridad jurídica; sino, en la favorabilidad del trabajador; como sostiene la Sentencia Constitucional (SC) Nº 0032/2011-R de 7 de febrero, que señala en cuanto al principio de proteccionismo: “a) Principio de protección y tutela.- Llamado así porque la razón del derecho laboral es esencialmente de protección , de ahí que si se emiten normas laborales, éstas tienen que estar orientadas al resguardo del trabajador; dicho de otro modo no se busca la paridad jurídica sino la de establecer un amparo preferentemente a favor del trabajador”.
    • Principio de Inversión de la prueba.
    • Sobre el subsidio de frontera
    • RESOLUCIÓN DEL CASO CONCRETO:
    • POR TANTO:
    • Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca