Auto Supremo AS/0076/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0076/2021

Fecha: 01-Feb-2021

III. 2. De la valoración de la prueba.

José Decker Morales en su OBRA CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL COMENTARIOS Y CONCORDANCIA, señala que: “…producida la prueba, el juez comienza a examinarla, tratando de encontrar la existencia  del hecho o hechos afirmados por las partes. Finalmente de ese examen  puede salir la verdad, cuando encuentre conformidad de los hechos afirmados, con la prueba producida; también puede suceder lo contrario, ‘todo depende de la eficacia de los elementos que se hayan utilizado en la investigación’. Este proceso mental -Couture- llama “la prueba como convicción”.