CONSIDERANDO I
Que, para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes datos:
La Embajada de la República Argentina en Bolivia, mediante Nota N° REB N° 47 de 24 de enero de 2020, dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia, requirió la Detención Preventiva con fines de Extradición del ciudadano boliviano Santos Choque Trifón, con DNI argentino N° 94.296.589, sobre quien recae la orden de Extradición, ordenada por la Juez Mary Mabel Castillo, Juez Titular a cargo del Juzgado de Garantías N° 1 del Departamento Judicial de Matanza, provincia de Buenos Aires, República de Argentina, por el delito de abuso sexual con acceso camal agravado por la calidad de guardador del sujeto activo, Proceso: IPP N° PP - 05 - 00 - 047838 - 15/00.
Ante la solicitud del Estado Requiriente, por Auto Supremo 016/2020 de 18 de febrero, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, dispuso: 1) la Detención Preventiva con fines de Extradición del ciudadano boliviano Santos Choque Trifón; 2) comisionar al Juez de Instrucción en lo Penal N° 4, para que expida mandamiento de detención a ser ejecutado con auxilio de la INTERPOL, contra el citado ciudadano; y 3) certifiquen, los Juzgados y Salas en materia penal de los Tribunales Departamentales de Justicia del País, además del REJAP del Consejo de la Magistratura, sobre la existencia de algún proceso penal en trámite que se hubiera instaurado en contra de Santos Choque Trifón.
El Juez de Instrucción en lo Penal N° 4, a quien se comisionó expedir el Mandamiento de detención, informó lo siguiente: 1) Se emitió Mandamiento de Detención Preventiva en contra de Trifón Santos Choque en fecha 20 de diciembre de 2019; y 2) De la revisión del Sistema SIREJ con número 4090405, existe un proceso en trámite en contra del citado ciudadano, por la presunta comisión del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la calidad de guardador del sujeto activo, dentro el proceso de extradición solicitado por la República de Argentina. Por su parte, la certificación emitida por el encargado del Registro Judicial de Antecedentes Penales del Consejo de la Magistratura, señala que Santos Choque Trifón, con D.N.L 94.296.589, no registra antecedente penal referido a sentencias condenatorias ejecutoriadas, salidas alternativas o declaratorias de rebeldía.
Por último, el Fiscal General del Estado, mediante Dictamen FGE/JLP N° 04/2020 de 27 de julio, emitió requerimiento expuesto, en sentido de que se declare la procedencia de la extradición solicitada por la Juez de Garantías N° 1 del Departamento Judicial de Matanza, provincia de Buenos Aires, República de Argentina.
