Auto Supremo AS/0016/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0016/2021

Fecha: 04-Mar-2021

POR TANTO:

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad reconocida por el num. 8) del art. 38 de la Ley del Órgano Judicial y el art. 507 del CPC, HOMOLOGA la Sentencia de divorcio pronunciada el 20 de diciembre de 2016, por el Juzgado de Primera Instancia Nº 29 de Madrid - España, disponiéndose su cumplimiento o ejecución por ante el Juez Público de Familia de Turno de la ciudad de La Paz, quien dispondrá la cancelación de la inscripción de la partida de matrimonio realizada en la Oficialía de Registro Civil N° 1505, libro Nº 1-95, partida Nº 21, folio Nº 21, el 18 de febrero de 1995, en la ciudad del Estado Plurinacional de Bolivia.

Al efecto por Secretaría de Sala Plena expídase la Ejecutoria de ley, devuélvase antecedentes y archívese.

No intervienen los Magistrados María Cristina Díaz Sosa, Carlos Alberto Egüez Añez y Ricardo Torres Echalar al encontrarse en comisión oficial.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.