POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 579 a 581, interpuesto por Sebastiana Mollo representada por Fausto Iporre Duran, en contra del Auto de Vista Nº 48/2020 de 25 de noviembre, de fs. 570 a 577, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí. Con costas y costos.
