Auto Supremo AS/0170/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0170/2021

Fecha: 02-Mar-2021

1.

1. José Luis Yapobenda Malale, mediante escrito de fs. 47 a 48 vta., complementado de fs. 287 a 289, demandó reivindicación contra Juan Carlos Flores Suárez y Rosa María Chamos Burgos, quienes una vez citados, por memorial de fs. 550 a 560 contestaron en forma negativa y opusieron demanda reconvencional de nulidad de contrato de trasferencia de 03 de enero de 2003; tramitado el proceso, el Juez Público Civil y Comercial N° 3 de Montero-Santa Cruz pronunció Sentencia N° 02/2020 de 12 de marzo, cursante de fs. 725 a 732 vta., declarando IMPROBADA la demanda de reivindicación y PROBADA la demanda reconvencional de nulidad; por consiguiente nulo y sin valor alguno el contrato de 03 de enero de 2003, ordenando su cancelación en el registro de Derechos Reales.

1.Acusaron que a tiempo de plantear la reconvención contra José Luis Yapobenda Malale, este no hizo ninguna observación a la falta de intervención de Pedro Balcázar Arias, ni presentó excepción de llamamiento al vendedor, que es facultativa y no imperativa; omisión que debe considerarse como acto propio del cual posteriormente intenta valerse.