Auto Supremo AS/0262/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2021

Fecha: 30-Mar-2021

1.

1. Con base en la demanda cursante de fs. 96 a 101, subsanada de fs. 104 a 105, Ernesto León Choque inició proceso ordinario de cumplimiento de obligación dirigido contra la Empresa Constructora ROYAL S.R.L., quien una vez citada mediante memorial cursante de fs. 187 a 188 contestó a través de su representante legal de forma parcialmente afirmativa a la demanda, llegando la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 62/2020 de 13 de octubre, cursante de fs. 249 a 251, donde el Juez Público Civil y Comercial 7° de la ciudad de Sucre, declaró PROBADA en parte la demanda interpuesta por Ernesto León Choque.

1.Denunció interpretación errónea y aplicación indebida del art. 226.III del Código Procesal Civil señalando que el citado precepto legal no es un medio idóneo para modificar el fondo de la sentencia como lo interpreta el Ad quem, toda vez que el reclamo del cómputo del interés dispuesto en sentencia no puede efectuarse a través de la vía de complementación y enmienda, y que por tal fundamento el Tribunal de alzada no ingresó a considerar el fondo del reclamo consistente en que no correspondía el pago de intereses debido a que se declaró improbada la demanda de daños y perjuicios.