POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el núm. 3) del art. 50 de la Ley N° 1970 (CPPb), de acuerdo, con el Dictamen Fiscal de fs. 473 a 476, FALLA declarando PROCEDENTE LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano boliviano Juan Josué Calizaya Roca, con Cédula de Identidad N° 4413317 Cbba., mayor de edad, empleado, casado (Ver fs. 23), para que sea entregado conforme las formalidades legales, por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores a la Embajada del Reino de España.
Para cuyo efecto, se ordena que se oficie al Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, para que la Juez de Instrucción Penal N° 4 de la capital Cochabamba, ordene la notificación correspondiente con la presente resolución a Juan Josué Calizaya Roca; asimismo, emita el correspondiente Mandamiento de Excarcelación, para la entrega del aludido ciudadano, al Estado requirente, a través de las entidades competentes del Órgano Ejecutivo.
Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y por su intermedio a la Embajada de España para fines consiguientes, de conformidad a lo previsto.
No interviene en la suscripción del presente Auto Supremo, la Magistrada María Cristina Díaz Sosa, por motivo de salud.
Regístrese, notifíquese, cúmplase.
