Auto Supremo AS/0195/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0195/2021

Fecha: 06-Abr-2021

Contestación del recurso y petitorio

Mediante memorial de fs. 206 a 211, el demandado señaló que de las propias pruebas presentadas por la recurrente se advirtió que no existió subordinación ni dependencia, porque se trató de una relación civil comercial, toda vez que la actora nunca trabajo 8 horas al día y menos de lunes a sábado, porque la venta de huevos la efectuaba de acuerdo al tiempo que veía por conveniente; así, si la recurrente disponía de tiempo solía ofrecer el producto todo el día; empero, si tenía otras obligaciones, ofrecía el producto solo en horas de la tarde, por cuyo efecto nunca firmó una planilla de ingreso y salida, tampoco percibió salario mensual, razones por la cual, nunca existió una relación laboral, solicitando se declare improcedente el recurso de casación, con costas