PROBADA
Tramitado el proceso laboral, la Juez de Trabajo y S.S. Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario 2do de la ciudad de Tarija, emitió la Sentencia de 11 de febrero de 2015 (fs. 57 a 61), que declaró PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 7 a 8, con costas; disponiendo en consecuencia que, la parte demandada, cancele al demandante la suma de Bs. 6.320 por los conceptos de: indemnización, desahucio y aguinaldo. Debiendo dar aplicación a la multa del 30% prevista en el art. 9 del Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, sobre el total de los beneficios sociales adeudados al actor.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- AUTO SUPREMO Nº 259
- Sucre, 21 de abril de 2021
- Expediente
- Demandante
- Demandado
- Proceso:
- Departamento: Tarija
- Magistrado Relator:
- VISTOS
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia:
- PROBADA
- Auto de Vista:
- CONFIRMÓ
- II.- RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACION Y ADMISIÓN:
- Argumentos del recurso de casación:
- En la forma
- En el Fondo
- Petitorio:
- Contestación al recurso:
- Auto de Admisión:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS LEGALES Y DOCTRINALES APLICABLES AL CASO CONCRETO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
