Petitorio.
Solicitó que conforme al art. 279, 280 y 281 del Código Procesal Civil, en relación a lo previsto en los parágrafos I y II del arts. 115, 119 y 178 de la Constitución Política, se declare la legalidad del recurso de compulsa, en consecuencia, se ordene la concesión del recurso denegado.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo N°. 276
- Sucre, 11 de mayo de 2021
- Expediente
- Demandante
- Demandado
- Proceso
- Departamento
- Magistrado Relator
- VISTOS
- I.- Argumentos del recurso de compulsa:
- Petitorio.
- II.- Fundamentos jurídicos del fallo y análisis del caso en concreto
- 3) Por negativa indebida del recurso de casación.
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y notifíquese
