Auto Supremo AS/0299/2021-RA.
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0299/2021-RA.

Fecha: 08-Abr-2021

a)

a)Denunció que el Ad quem omitió las normas previstas en los arts. 63. I y 64. I de la Constitución Política del Estado, arts. 6 inc b), 220 inc c), 251, 332, 421 inc c) de la Ley Nº 603, porque presentó prueba en segunda instancia referente a certificado de matrimonio entre Fride Limpias Ergueta con Ángela Nagata Antelo demostrando la existencia de un matrimonio vigente y anterior al matrimonio celebrado con su persona, lo que generó un vicio en la tramitación del proceso  de división y partición de bienes gananciales debiendo declararse la nulidad de la misma, ya que no se puede dar la división y partición de los bienes si es que uno de las partes no tiene libertad de estado, hecho que no fue considerado en segunda instancia.