c)
c)En el Auto de Vista impugnado no se consideró que los jueces tienen la obligación ineludible de analizar y valorar el conjunto de pruebas de cargo y descargo a tiempo de emitir sus resoluciones y que por esta razón no correspondía otorgar un valor absoluto a la prueba pericial que, si bien determinó que la actora no intervino en el acto de transferencia, esa prueba no era suficiente para decretar la nulidad de la misma.
