Fragmento 21
De la revisión del recurso de casación, postulado por la Cooperativa de Ahorro y Crédito para la Vivienda Comunal Alalay Ltda., representada por Edy Hernan Daza Terceros y Rubén Lozada Calderón , en lo trascendental de dicho medio de impugnación, acusó que:
El Tribunal de alzada errónea dispuso dejar sin efecto la condenación de daños y perjuicios, sin considerar que, en una demanda de reivindicación, necesariamente se determina la imposición de daños y perjuicios.
Por lo que solicita se case parcialmente el Auto de Vista y se determine la imposición de daños y perjuicios.
En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo:
- Fecha
- Expediente
- Partes:
- Proceso
- Distrito
- VISTOS
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4.
- Fragmento 21
- POR TANTO:
