Auto Supremo AS/0191/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2021-RA

Fecha: 26-May-2021

La parte recurrente advierte que en apelación restringida denunció el defecto de sentencia establecido en el art. 370 núm. 1) del CPP; sin embargo, el Tribunal de apelación suspendió la audiencia de fundamentación programada para el 10 de septiembre de 2020, en razón a la inasistencia de las partes, infringiendo los arts. 124, 411 y 412 del CPP, sin haber permitido a la defensa fundamentar en audiencia y enervar las supuestas infracciones incurridas por la Sentencia, en ese sentido el fallo recurrido simplemente se limitó a repetir los argumentos de la Sentencia, afectando el debido proceso, la seguridad jurídica y el derecho a la defensa, invocando al efecto el Auto Supremo 168 de 6 de febrero de 2007, referido al deber del Tribunal de alzada de efectuar la audiencia de fundamentos de la apelación restringida conforme al art. 412 del CPP.

Del análisis expuesto este Tribunal evidencia el cumplimiento a los requisitos de admisibilidad exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP, teniendo en cuenta la denuncia expuesta y la supuesta contradicción con los fallos invocados en calidad de precedentes, en ese sentido el recurso de casación deviene en admisible.

Se deja constancia que los Autos Supremos 928/2016-RRC, 035/2016-RRC y 91 de 28 de marzo de 2006, no serán objeto de contraste de fondo ya que simplemente fueron transcritos sin efectuar el trabajo de contraste tal como se explica en el acápite III. ii) del presente fallo.