Auto Supremo AS/0193/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0193/2021-RA

Fecha: 26-May-2021

LA SALA PENAL ERRONEAMENTE APRECIA Y MANIFIESTA EN EL AUTO DEVISTA

El recurrente advierte que “LA SALA PENAL ERRONEAMENTE APRECIA Y MANIFIESTA EN EL AUTO DEVISTA” (sic), pues la valoración de la prueba efectuada por el Tribunal resulta subjetiva y contradictoria al hecho principal afectando el debido proceso y la igualdad de las partes, ya que el testimonio de la víctima no fue considerado en la Sentencia al indicar que el manoseo a sus partes fue efectuada por el acusado, teniendo que la pericia no fue tomada en cuenta y al no ser impugnada ni objetada por la parte acusada el Tribunal le restó valor, incurriendo en falta de fundamentación del fallo de primera instancia, puesto que no se dio razones jurídicas ni fácticas del porqué se absuelve al acusado, habiendo manifestado el Tribunal de alzada que existió valoración defectuosa de la prueba y que no fue valorada de conformidad a los arts. 171 y 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin embardo, ello no ocurrió ya que el Tribunal de Sentencia dio cumplimiento a la normativa descrita, ya que admitió y valoró las pruebas testificales de la mamá de la víctima y su hermana, además de las pruebas 7 y 8, informe social e informe psicológico y la declaración de la víctima que fue objetada por el Tribunal de juicio como no creíble, teniendo por lo tanto que el Tribunal de alzada revalorizó la prueba situación no permitida conforme al “Auto Supremo Nº 317 de fecha de 13 de junio del 2993” (sic).