Auto Supremo AS/0320/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0320/2021

Fecha: 21-May-2021

Contestación.

Dispuesto el traslado del recurso de casación, mediante Decreto de 18 de febrero de 2021 de fs. 227; la entidad municipal demandada, contestó de fs. 233 a 236, argumentado que, el actor tenía la situación jurídica de funcionario eventual o provisorio, con cargo a la partida presupuestaria 121 de personal eventual; el demandante no prestó sus servicios en una empresa; sino, en una entidad pública, como es el GAM de Sucre, en razón a ello, la SCP 0562/2017-S2 de 5 de junio, determinó que no aplica la tacita reconducción y conversión de contratos, en el sector público, ante la existencia de dos o más contratos; determinación que tiene carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio; por lo que, no procede la reincorporación solicitada, como correctamente se decidió por los de instancia; concluyó solicitando se declare infundado el recurso.