POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación cursante de fs. 690 a 703, interpuesto por Mirtha Gutiérrez de Suarez, Diego Armando, Simoni Vanderleia, Kendra Jusara y Elard Adrián todos Suarez Gutiérrez contra el Auto de Vista N° 29/2021 de 08 de enero, cursante de fs. 685 a 688 vta. de obrados.
